Discutible Ley Del Ambiente En Perú
Published by MAC on 2005-10-14Source: Diario La Republica
Discutible Ley del Ambiente en Perú
Diario La Republica, Perú,
Viernes 14 de Octubre del 2005
PROPUESTAS DE COMISIÓN DEL CONGRESO NO SE TOMARON EN CUENTA Nueva legislación no satisface demandas de las poblaciones afectadas por la contaminación industrial. Propuestas del Ejecutivo se impusieron frente a insistencias del Legislativo.
Por Alberto García M.
El Pleno del Congreso aprobó ayer (con 73 votos a favor) el texto de la Ley General del Ambiente. Sin embargo, debido a una cuestión de orden decidida por el grupo de portavoces y presentada por el presidente de la Comisión de Ambiente y Ecología, Walter Alejos, cuatro de los artículos más álgidos fueron votados por separado. Ninguna de las insistencias presentadas por la comisión sobre estos artículos fueron aprobadas por el pleno.
El resultado tras 7 horas de prolongado debate es una Ley del Ambiente que, según algunos congresistas es blanda con las empresas privadas.
¿Protección a empresas?
El artículo 147 del texto propuesto por la Comisión de Ambiente y Ecología planteaba la inversión de la carga de la prueba cuando se tratase de denuncias de daño ambiental. En esta excepción, debía ser la empresa privada la que demostrase que no estaba realizando actividades contaminantes en caso de denuncia.
Al respecto el congresista Henry Pease recordó durante el debate el mandato constitucional de proteger a los ciudadanos antes que a las empresas privadas. Basta que haya una demanda de un ciudadano para que se inicie una investigación.
El congresista Carlos Ferrero opinó distinto. Invertir la carga de la prueba, en estos casos, puede poner en riesgo la situación de las inversiones privadas en nuestro país, argumentó.
¿Cuántos Majaz más queremos en el Perú? La violencia es producida muchas veces por la falta de visión de los que tenemos el poder de decidir, dijo Pease, en el momento más duro del debate. Sin embargo, Ferrero restó crédito a las protestas internas acusándolas de ser manipuladas por ONGs y de ser lideradas por grupos de extrema izquierda.
Al final ni la insistencia ni el allanamiento sobre el artículo 147 se aprobaron. El congresista Alejos Calderón pidió luego una reconsideración sobre la votación, que tampoco prosperó. Este artículo, como fue planteado en la cuestión de orden pasó finalmente al archivo por no ser aprobado.
Reflexión necesaria
La ley que debatió ayer el Legislativo fue el fruto de tres años de trabajo de la Comisión de Ambiente y Ecología. Así lo recordó la congresista Elvira de la Puente quien pidió reflexionar antes de la votación sobre la necesidad de insistir sobre los puntos en cuestión.
Al final el resultado no fue el que ella esperaba. Me siento avergonzada de este Congreso, llegó a decir, en voz alta, luego de terminada la votación.
En tanto, el congresista Javier Diez Canseco denunció la continua presencia de empresarios mineros en los debates parlamentarios sobre el tema. Al final, la norma se aprobó en un 95%.
En un comunicado, el Consejo Nacional del Medio Ambiente (CONAM) afirmó que la Ley genera un marco propicio para el diálogo entre los actores involucrados en la gestión ambiental. Llamó a trabajar juntos por la adecuada aplicación de la norma.
Indignación versus satisfacción
1. El dirigente nacional de Conacami, Mario Palacios, manifestó sentirse indignado por la decisión del Congreso frente a los artículos de la Ley del Ambiente evaluados ayer. Tal como ha sido aprobada, esta ley resulta incompleta y significa un retroceso. Lamentamos que en la decisión del Congreso hayan primado los intereses del empresariado, dijo.
2. Por su parte, el vicepresidente de la Confiep, Raúl Sánchez Sotomayor, opinó que el Congreso tomó la decisión más correcta. Si los artículos evaluados se hubieran aprobado tal como lo planteaba la Comisión de Ambiente, estos hubiesen podido ser declarados inconstitucionales por el TC, dijo. Sánchez opinó que hubieran afectado además tanto al empresariado como a la ciudadanía. Cualquier persona hubiese podido ser acusada de contaminar sin mayores pruebas que las palabras del denunciante.