MAC/20: Minas y Comunidades

Concejo Deliberante De San Carlos - Ordenanza Nº 1003/05

Published by MAC on 2005-04-27
Source: CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS

ORDENANZA Nº 1003/05

VISTO:

La Nota Nº 392/05, mediante la cual se solicita la creación del programa denominado "Fomento de la Actividad Agrícola Sancarlina", y

CONSIDERANDO:

Que además de los datos estadísticos referidos en los últimos 6 año la inversión realizada en San Carlos en el área de bodegas, vid y explotación agrícola, en general, ha sido realmente significativa;

Que impulsar otro tipo de actividades económicas, como pueden ser la explotación de materiales como el oro o el cobre, atentaría contra la seguridad jurídica de todos esos inversores que apostaron por el departamento de San Carlos, cambiando notablemente las condiciones que hicieron prevalecer su decisión de invertir en nuestro Departamento, al existir la posibilidad de comprometer las calidades del agua mediante una explotación minera;

Que es necesario disponer un ordenamiento territorial sobre el uso del suelo y para ello los habitantes de San Carlos con sus autoridades deben ser impulsores amparados en su autonomía, en su historia y en la construcción de su propio futuro;

Que desde un ámbito técnico y científico debemos desarrollar nuestra región partiendo de esta actualidad y apostando a que a futuro alcance todo su potencial;

Que es una expresión del grado de organización social que estamos alcanzando en conjunto entre pueblo y autoridades;

Que debemos fundamentar una correcta planificación territorial que respete las condiciones ambientales, dignas para la población actual y futura de nuestro Departamento;

Que el acceso al crédito internacional también tiene que ver con los objetivos claros trazados por el pueblo y con espíritu estadista, alejado de la improvisación y el actuar sobre la coyuntura para obtener parches momentáneos y no soluciones integrales a los problemas;

Que debemos posicionar nuestra región como líder absoluto en este tipo de definiciones que no son más que la expresión de lo solicitado por nuestro pueblo;

ORDENANZA Nº 1003/05

ATENTO A ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN CARLOS ORDENA:

Art.1º- Créase el programa denominado "Fomento de la Actividad Agrícola Sancarlina".

Art.2º- El mismo consistirá en el desarrollo, impulso y fomento de esta actividad en todo el departamento de San Carlos, mediante información de zonas aptas para determinados cultivos, apoyo crediticio para emprendimientos y posicionamientos regional e internacional para el desarrollo de la actividad agrícola.

Art.3º- Queda totalmente prohibido en el departamento de San Carlos cualquier tipo de actividad que implique la explotación de oro o cobre.

Art.4º- Solicítase a los departamentos de Tunuyán y Tupungato, estudien la ampliación de una ordenanza en igual sentido que la presente para potenciar sus efectos como región Valle de Uco.

Art.5º- Envíese copia de la presente a la legislatura de Mendoza, Poder Ejecutivo Provincial, Congreso de la

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